Ya se han dado a conocer cuáles son los nuevos valores del sueldo empleada doméstica mayo 2022. Se va a otorgar un incremento del 30 por ciento en tres veces a partir de abrir y se va a sumar al aguinaldo. En agosto posiblemente habrá una nueva revisión de dichas remuneraciones. Está aumento impacta en el aporte mensual de la ART.
La Comisión de Trabajo de Casas Particulares ya oficializó los valores de las remuneraciones mínimas que habitan desde abril de 2022 para las empleadas del servicio doméstico. Está convenio acordó una suba del 30 por ciento en tres veces entre abril y junio de este año.
Cabe recalcar la importancia de este aumento en el sueldo empleada doméstica mayo 2022 debido a que también dicho acuerdo, impactará en el aguinaldo del primer semestre de 2022, para el cálculo del mismo se deberán considerar las remuneraciones percibidas entre el periodo de enero a junio de 2022.
Según se ha dado a conocer, las partes se volverían a reunir en el mes de agosto para nuevamente revisar los números y analizar la marcha de la inflación. A su vez, se ha acordado revisar el porcentaje de zona desfavorable (zona patagónica), que actualmente es del 30 por ciento.
Los porcentajes de incremento en las remuneraciones mínimas del servicio doméstico serán:
Tal como se puede ver, los tres porcentajes tienen bases de cálculo diferentes. Hay que tener en cuenta que el convenio no fija los porcentajes en general sino valores en pesos de las remuneraciones que se tienen que considerar como un “piso” salarial.
Dependiendo de lo que se ha publicado en la Resolución 2/2022, las nuevas remuneraciones mínimas del sector de casas particulares estarán confirmadas de la siguiente manera:
Cabe recalcar que, a las dichas remuneraciones mínimas se le tienen que en sumar el adicional por antigüedad (1 por ciento por año, contado desde el 1 de septiembre de 2020) y el de zona desfavorable.
| Con retiro | Sin retiro | |
| Primera categoría | ||
| Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. | Hora: 349 pesos | Hora: 382 pesos |
| Mensual: 43.568 pesos | Mensual: 48.530 pesos | |
| Segunda categoría | ||
| Personal para tareas específicas: cocineros contratados de forma exclusiva para realizar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo | Hora: 330 pesos | Hora: 362 pesos |
| Mensual: 40.477 pesos | Mensual: 45.058 pesos | |
| Tercera categoría | ||
| Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. | Hora: 311 pesos Hora: 39.492 pesos
| |
| Cuarta categoría | ||
| Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños, adolescentes, adultos mayeros. | Hora: 311 pesos | Hora: 349 pesos |
| Hora: 39.492 pesos | Mensual: 44.009 pesos | |
| Quinta categoría | ||
| Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. | Hora: 289 pesos | Hora: 311 pesos |
| Mensual: 35.514 pesos | Mensual: 39.492 pesos | |
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