Prohíben cortar el Gas a quien no pague: Ratifican prohibición de cortar el gas a quien no pueda pagar: las multas llegarán a $ 100 mil
El juez ha dicho que “Los ciudadanos más vulnerables que se encuentren económicamente imposibilitados de abonar el nuevo cuadro tarifario deben ser protegidos por el Estado”, por lo que ahora dicen que prohíben cortar el gas a quien no pague.
Alejo Ramos Padilla, el juez federal de Dolores, ha ratificado la medida cautelar que le prohíbe el corte del suministro de gas aquellos usuarios que no lo puedan abonar, y a su vez, el magistrado les advirtió a las prestatarias del servicio que a partir de ahora podrían ser sancionadas con una multa de entre 1 mil y 100 mil pesos por cada corte que se considere ilegitimo.
A la misma vez, Alejo Ramos Padilla le rechazo dos planteos del juez Enrique Lavie Pico en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, para que el proceso tramite en ese fuero porteño.
En una de las resoluciones dice que el gas «no puede convertirse en un bien suntuario de acceso limitado sólo para determinados grupos. El Estado debe garantizar un estándar mínimo de calidad de vida y la accesibilidad a los servicios públicos esenciales», dependiendo de lo señalado por el juez debido a que prohíben cortar el gas a quien no pague.
Por su parte, ha explicado que más allá de que la Ley de Emergencia Tarifaria ha sido vetada por el Presidente de la Nación, Mauricio Macri, «ello no ha modificado las circunstancias de hecho y de derecho vinculadas a la obligación del Estado de atender derechos indispensables y la situación de los sectores vulnerables».
En sentido a que prohíben cortar el gas a quien no pague, en la decisión judicial se señaló que «algo tan simple como importante, como es que los ciudadanos más vulnerables que se encuentren económicamente imposibilitados de abonar el nuevo cuadro tarifario que ha sido impugnado judicialmente, deben ser protegidos por el Estado».
Por su parte, aclaro que su decisión no se encuentra fijamente dirigida a todos aquellos que «Sí pueden abonar las tarifas, sino para aquellos que a los que les puede resultar excesivamente oneroso afrontar el nuevo cuadro tarifario o se encuentran en la necesidad de resignar otros servicios o derechos básicos para atender a su pago»
Por otro lado, para verificar el debido cumplimiento de las órdenes judiciales, se ha dispuesto que las prestatarias del servicio en cuestión tienen que informarle al tribunal acerca de los potenciales cortes de suministro que se lleven a cabo por falta de pago por parte de los usuarios, de esta manera se estaría «dando cuenta de lo actuado en el marco del procedimiento establecido por la Justicia».
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