Anses Realizo un Nuevo Aumentó al monto que abona por los mensuales pendientes de cobro
Nuevo Aumentó al monto que paga a los familiares herederos: Se trata de los haberes devengados no recibidos por el causante, jubilado o pensionado, que podrían ser reclamados por los herederos.
El tope, el cual anteriormente era de 1600, ahora aumentara al valor de una jubilación mínima sumado al proporcional de aguinaldo que le corresponda.
Aumentó el monto que abona por los mensuales pendientes de cobro
A traves de la Resolución 233 / 17 que ha sido publicada esta semana en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), que actualmente esta al mando de Emilio Basavilbaso, ha aumentado el monto que paga a los familiares herederos, solamente en caso de no haber personas con derecho a pensión, por los haberes que hayan quedado pendientes de cobro a la fecha de fallecimiento del titular de un beneficio de jubilación o pensión.
Esta normativa amplía el monto, que hasta el momento era de 1.600 pesos, al valor de una jubilación mínima, la misma que actualmente equivale a 7.246 o la vigente a la fecha de la solicitud de los mismos a partir del 1 ° de enero de 2018, adicionada al proporcional de aguinaldo que corresponda.
Es de suma importancia que se tenga en cuenta que la solicitud no tendrá que superar los dos años desde el fallecimiento del titular y que para hacer el dicho trámite, el interesado tendrá que sacar un turno con anticipación desde la página web oficial de la Anses: www.anses.gob.ar, teniendo que contar, sin excepción alguna, llegar previamente con los datos personales acreditados en la base de datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Estos haberes se pagaran después de los noventa días corridos contados desde el deceso del causante, a los fines de proteger los eventuales derechos de los derechohabientes que pudiera haber.
Orden prioritario de pago en caso de que haya más de un solicitante
- Entre los hijos mayores a los 18 años de edad, sin discapacidad, los haberes se van a repartir en partes iguales, en función de la cantidad de hijos.
- En el caso de los nietos y bisnietos, los haberes se van a dividir en función de la parte que le hubiere correspondido al padre o al abuelo de los mismos.
- A los padres del titular fallecido, los haberes se les pagaran en partes iguales.
- A los hermanos, los haberes le van a ser otorgados en partes iguales; en el supuesto de los medios hermanos, estos van a recibir los haberes en un todo.
- En el caso de sobrinos, se les abonara en función de la parte que le hubiese correspondido al padre de los mismos.
Nuevo Aumentó al monto que abona por los mensuales pendientes de cobro
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