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Libreta Anual de la Asignación Universal por Hijo: Preguntas y Respuestas

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Libreta Anual de la Asignación Universal por Hijo: Preguntas y Respuestas

Por que Presentar la Libreta Anual? Cada año, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) les deposita a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que hayan cumplido con los requisitos necesarios el pago del 80 por ciento y el pago de lo que durante todo el año le han retenido (el 20 por ciento mensual).

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Este dinero retenido es pagado por el organismo previsional una vez que se lleve a cabo la presentación de  Formulario PS 1.47 de Seguridad Social, salud, Educación y Declaración Jurada de la Asignación Universal por Hijo (AUH), también llamado por los beneficiarios como Formulario Libreta.

En este artículo les vamos a plantear las preguntas más comunes que nos suelen hacer respecto a la Libreta Anual.

  • ¿Qué pasa si no presente el formulario de la Libreta Anual? En este caso la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) puede decidir proceder a cortarte el pago de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y tampoco te va a pagar no abona el 20 por ciento de lo retenido.
  • ¿Cada cuánto se tiene que presentar la Libreta Anual? Bueno, este documento se debe presentar una vez por año, si tuvieran dos hijos o más deberán presentar una libreta por hijo.
  • ¿En dónde se debe presentar la Libreta Anual? La Libreta Anual se debe presentar en la dependencia de la Anses más cercana a su hogar, previa solicitud de un turno.
  • ¿Cómo se pide el turno para presentar la Libreta Anual? El turno puede solicitarse a través de estas vías:
  1. Desde la página web de la Anses (www.anses.gob.ar).
  2. Desde la app Mi Anses para dispositivos móviles, los pasos son similares a los de la página web.
  3. Comunicándose a la línea 130 siguiendo las opciones allí presentadas.
  4. O bien, en cualquier terminal de autoconsulta en las oficinas de la Anses.
  • ¿Si presento la Libreta Anual después que dejaron de pagarme, voy a recuperar lo no cobrado? No, lo va a cobrar desde la fecha de presentación, es decir, que va a perder el 20 por ciento retenido más las mensualidades del tiempo que ha estado suspendido el pago.
  • ¿Cuándo es la primera vez que tengo que presentar la Libreta Anual? Este trámite y el documento se debe presentar a partir del año de percibir el beneficio, es decir, por ejemplo, si usted comenzó a cobrar el 12 de mayo de 2017, deberá presentar libreta luego del 12 de mayo de 2018.
  • ¿Cuánto tiempo después de presentada la Libreta Anual se cobra el 20 por ciento retenido? El pago de este beneficio suele tener una demora de entre 30 a 60 días, luego de la presentación del mismo.
  • ¿Si pasa ese plazo y no cobro lo retenido que tengo que hacer? Una vez que pasaran los 90 días de haberlo presentado, podrá hacer un reclamo ante la falta del pago en la Anses más cercana, no necesitara de turno ya que se trata de un reclamo.

A partir de haber transcurrido los 90 días luego de haber presentado la Libreta el beneficiario puede realizar un reclamo ante la falta de pago en la dependencia de la ANSES más cercana a su domicilio.

El beneficiario tendría que cobrar el siguiente importe, veamos:

Retenido entre As. universal por hijo As. universal por hijo discapacitado
01 y 02/2017 220,60 x 2    =     441,20 719,40 x 2     =       1.438,80
03 a 08/2017 249,20 x 6    =  1.495,20 810,40 x 6     =       4.862,40
09 a 12/2017 282,40 x 4    =  1.129,60 921,20 x 4     =       3.684,80
Total a cobrar      $ 3.066,00                $ 9.986,00
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Ver comentarios

  • Hola una pregunta se sigue entregando las libretas del salario universal por hijo . Porque me enteré que era hasta el 31 de abril. Y mis hijas cumple en abril y ahora en mayo.

  • Buenas tardes.yo presente la libreta en septiembre y no lo cobre todavía y m dijeron que tengo que hacer el reclamo y acercarme a Anses sin turno..ya que voy a ir el día de mañana.pero quería saber qué desde el día del reclamo cuando me lo depositan?

  • Hola quisiera saber por qué me habían quitado el beneficio d la asignación por no presentar la libreta ya la presente cuántos días tengo que esperar para poder cobrar el beneficio ya que tenía fecha para el 20 de marzo pero no cobre no se acredita automáticamente una vez que la cargué por internet? .

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