ANSES: Nuevos descuentos a Jubilados
La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) ha dictado una Resolución que da la posibilidad de acceder a descuentos a jubilados. La Anses dicto hace ya unos cuantos meses una Resolución que permite a los jubilados defenderse de algunos descuentos que se les ha efectuado en sus recibos de los haberes percibidos y que los perjudican gravemente debido al carácter abusivos de estos descuentos y la vulnerabilidad de este sector de la sociedad.
Se trata de la Resolución 131/2018 de Anses, por medio del cual se resuelve la baja de los descuentos “no crediticios” (cuotas sociales, de mutuales etc.), que no se confirmen expresamente por el jubilado pasados los próximos dos meses. Sumado a esto, todo descuento de esta clase, ahora se da de baja de forma automática a los 24 meses, y van a tener que informar y justificar los descuentos que se deseen hacer de ahora en más.
Anses ofrece descuentos a jubilados
La respuesta que toma la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) es muy radical y opta por confiar en los consumidores si las deudas corresponden a servicios que se utilizan o no.
Lógicamente, si bien parece un tanto extraño como opción (generalmente la administración no toma este tipo de posiciones, o al menos no lo hace muy a menudo), se encuentra totalmente en línea con las previsiones de la ley de defensa al consumidor, ya que se considera de forma abusiva toda estipulación que obliga al consumidor a probar la existencia o no de un hecho o situación.
¿Cuales son los Descuentos a Jubilados?
Los sistemas automáticos de descuento, son el típico caso en el que los proveedores informan a un tercero que se efectúa la retención, en este caso al estado que hace los pagos, de la existencia del compromiso, y el tercero procederá a hacer los descuentos a jubilados.
Lo que se busca también, con esta división, resguardando las cuotas sociales reamente usadas por entidades que ofrecen servicios a los jubilados, de todos aquellos que usan el sistema para abusar de ellos. Por su parte, para lograr una mejor transparencia, se pone un tope de estos “descuentos temporales” por pago de cuotas, un tope de 40 cuotas, y se obliga a que se informe expresamente el monto total. Con dicha obligación extra, se va a poder, en un principio, que se distinga claramente la cuota social de un préstamo, desordenando en gran parte la práctica abusiva.
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